BLANQUEO DE CAPITALES CON LA POSIBILIDAD DE INVERTIR EN BIENES RAICES

01/08/2024

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BLANQUEO DE CAPITALES CON LA POSIBILIDAD DE INVERTIR EN BIENES RAICES

El gobierno argentino ha implementado diversas leyes para permitir a los ciudadanos y residentes blanquear capitales no declarados, generalmente ofreciendo beneficios fiscales y la posibilidad de invertir en bienes raíces, el objetivo principal es formalizar dinero que no ha sido declarado, incentivando su repatriación y uso en la economía formal, como la compra de viviendas. Esta medida está dirigida tanto a los residentes en el país como a todos los argentinos que mudaron su residencia fiscal a otro país y hoy pueden decidir su regreso al amparo de este proceso.

  1. Declaración de Capitales: Los interesados deben presentar una declaración de sus activos no declarados ante la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), indicando la fuente de esos fondos.

  2. Beneficios Fiscales: Generalmente, se ofrecen tasas impositivas reducidas o exenciones a aquellos que blanquean sus capitales y los invierten en el mercado inmobiliario.

  3. Inversión en Bienes Raíces: Una vez blanqueados, los fondos pueden ser utilizados para la compra de propiedades, lo que también busca reactivar el sector inmobiliario.

  4. Se podrán blanquear hasta US$100.000 sin abonar ningún impuesto fijo

  5. Para aquellos montos que superen los US$100.000, el proyecto propone alícuotas progresivas, cuanto antes se ingrese al régimen, menor será la alícuota a abonar:

  6. Etapas del blanqueo : Etapa 1: hasta el 30 de septiembre de 2024, se abona una alícuota del 5% sobre el excedente de US$ 100.000. Etapa 2: hasta el 31 de diciembre de 2024, la alícuota es del 10%. Etapa 3: hasta el 31 de marzo de 2025, la alícuota asciende al 15%.

  7. Todos los bienes, de forma excepcional, deben ser valuados en dólares estadounidenses.

  8. No se puede blanquear una propiedad que esté a nombre de terceros, lo que se denomina testaferro. si se puede blanquear con un boleto de compraventa siempre que tenga ese boleto con fecha cierta -hasta 31 de diciembre del 2023- y con firma certificada por escribano y que no lo puso a su nombre, es decir no tiene escritura por lo tanto no figura en el Registro de la Propiedad, ahora sí podría blanquearlo a través de AFIP.